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ABOGADOS DE FAMILIA
TESTIMONIO DE CLIENTE
"The best family lawyers in the city so far. Me and my ex-wife didn´t have any problems settling the terms and agreement. Everything went smoothly.
We´re both very happy."
- Jared Greene

DIVORCIO EXPRESS
LEY DE DIVORCIO
La ley de divorcio actual (2015), tiene algunas particulares muy distintas a la antigua ley de divorcio. El principal cambio radica en se ha sacado de la nueva ley los culpables del divorcio, es decir, con la voluntad de un solo cónyuge se puede obtener el divorcio, sin tener que demostrar la culpabilidad del otro, o esperar el transcurso de un tiempo determinado (en la antigua ley había que tener mas de 3 años de casado, y/o mas de tres años de separado para iniciar unilateralmente el divorcio).
Seguidamente encontrara la respuesta a las principales preguntas que habitualmente surgen con relación a este tema:
¿Cómo se disuelve un matrimonio hoy en Argentina?
El matrimonio termina por la muerte de uno de los cónyuges; con un divorcio declarado judicialmente; o con una sentencia firme judicial que determine la ausencia del otro cónyuge con presunción de fallecimiento.
¿Quién puede pedir el divorcio?
El divorcio se decreta judicialmente a pedido de un solo cónyuge o de ambos cónyuges en forma conjunta. Si lo pide un solo cónyuge, se le deberá notificar al otro el inicio del proceso de divorcio y con ello hacer una propuesta con relación a las cuestiones relativas a quien le corresponde la vivienda, como se van a distribuir los bienes y si habrá una compensación económica entre los cónyuges, al cuidado de los hijos y el pago en concepto de alimentos.
¿Qué pasa si uno solo pide el divorcio y el otro no quiere divorciarse?
Con la nueva ley, no hace falta la conformidad del otro cónyuge para divorciarse, solo hay que notificarlo de que se inició el divorcio, y formular una propuesta que regule los efectos derivados del divorcio con relación a: quien le corresponde la vivienda, como se van a distribuir los bienes y si habrá una compensación económica entre los cónyuges, al cuidado de los hijos y el pago en concepto de alimentos. Omitir la propuesta impide dar trámite a la petición de divorcio.
¿Qué pasa si la propuesta que hago no es aceptada por la otra parte?
Si no hay acuerdo o si el convenio propuesto perjudica de modo manifiesto los intereses de los integrantes del grupo familiar, las cuestiones pendientes deben ser resueltas por el juez . En este punto hay una gran diferencia con la antigua ley, porque el nuevo código tiene en cuenta a todo el grupo familiar, no solamente la voluntad de los cónyuges, es decir tiene en cuenta la protección de los hijos al momento de homologar el acuerdo.
¿Qué hay que hacer cuando el divorcio le produce un desequilibrio económico a uno de los cónyuges?
Generalmente el cónyuge que no trabaja, porque por ejemplo se ha dedicado al cuidado de los niños durante el matrimonio, sufre una gran pérdida económica con el divorcio. Cuando el divorcio significa un empeoramiento de su situación, tiene derecho a una compensación. Esta puede consistir en un prestación única, en una renta por tiempo determinado o, excepcionalmente por plazo indeterminado. Puede pagarse con dinero, con el usufructo de determinados bienes o de cualquier otro modo que acuerden las partes o decida el Juez.
¿Cómo Fija el Juez la Compensación económica?
A falta de acuerdo de los cónyuges, el juez debe determinar la procedencia y el monto de la compensación económica sobre la base de diversas circunstancias, entre otras, las siguientes: 1) El estado patrimonial de cada uno de los cónyuges al inicio y a la finalización de la vida conyugal; 2) la dedicación que cada cónyuge brindó a la familia y a la crianza y educación de los hijos, y a la que debe prestar con posterioridad al divorcio; 3) la edad y el estado de salud de los cónyuges y de los hijos; 4) la capacitación laboral y la posibilidad de acceder a un empleo del cónyuge que solicita la compensación económica; 5) la colaboración prestada a las actividades mercantiles, industriales o profesionales del otro cónyuge; 6) la atribución de la vivienda familiar, y si recae sobre un bien ganancial, un bien propio o un inmueble alquilado. En el caso de un inmueble alquilado, quien paga el alquiler.
¿Desde que me divorcio, cuánto tiempo tengo para reclamar una compensación económica?
La acción para reclamar la compensación económica caduca a los seis meses de haberse dictado la sentencia de divorcio.
¿Quién se queda en la casa donde vivían los cónyuges?
Uno de los cónyuges puede pedir la atribución de la vivienda familiar, sea que el inmueble lo compró alguno de los cónyuges antes del matrimonio o que lo compraron durante el matrimonio.
¿Cómo se determina quien se queda en la casa?
El juez lo determina, si no hay acuerdo entre las partes. También determina el plazo por el que se puede quedar en el inmueble y que derechos tiene sobre el inmueble.
¿Qué elementos tiene en cuenta el Juez para determinar quien se queda en la casa familiar?
Tendrá en cuenta a quien se le atribuye el cuidado de los hijos; la persona que esta en la situación económica más desventajosa para proveerse una vivienda por sus propios medios; el estado de salud y la edad de los cónyuges y los intereses de otras personas que integran el grupo familiar.
¿Qué pasa si vivimos en un inmueble alquilado por mi marido y mis suegros son los garantes? ¿Me puedo quedar viviendo en ese inmueble?
Si se trata de un inmueble alquilado, el cónyuge no locatario tiene derecho a continuar con el alquiler hasta el vencimiento del contrato, manteniéndose el obligado al pago y las garantías que primitivamente se constituyeron en el contrato.
¿CUANTOS ABOGADOS SE NECESITAN PARA TRAMITAR UN DIVORCIO?
Se necesita un abogado, si están de acuerdo en todo, y dos abogados, uno por cada parte si no están de acuerdo en todo.
¿QUE DOCUMENTACIÓN SE NECESITA PARA INICIAR UN DIVORCIO?
Se necesita partida de matrimonio, partidas de nacimiento de los hijos, fotocopia del DNI y si hay bienes, títulos de propiedad de éstos.
Las partidas conviene que sean las aranceladas. Las gratuitas no son aceptadas en algunos juzgados. Las puede obtener en el C.G.P. más cercano a su domicilio si son de Capital Federal.
¿CUANTO DURA UN DIVORCIO?
La sentencia de divorcio, una vez notificado el inicio de la demanda de divorcio a la otra parte, más o menos un mes. Depende mucho de la carga laboral del juzgado y si se trata de un caso en Provincia de Buenos Aires o en Capital Federal. Los Juzgados de Capital Federal son generalmente más rápidos. Lo que tarda más tiempo y la sentencia judicial contemplando temas de alimentos y división de la sociedad conyugal, si no hay acuerdo entre los cónyuges.
¿CUAL ES EL JUEZ COMPETENTE PARA ENTENDER EN EL DIVORCIO?
Aquel cuya jurisdicción corresponda al último domicilio conyugal o el juez del domicilio del cónyuge demandado.
¿CUANTO TIEMPO HAY QUE ESPERAR PARA VOLVER A CASARSE DESPUÉS DEL DIVORCIO?
El código no establece ningún plazo de espera. Ni bien se termina el divorcio (inscribiendo la sentencia en el registro civil) se puede volver a contraer matrimonio.-
¿CUANTAS VECES SE PUEDE CASAR UNA PERSONA DIVORCIADA?
Una persona divorciada se puede casar todas las veces que quiera, siempre y cuando haya disuelto el vínculo anterior.
¿QUE SON LOS BIENES GANANCIALES?
Los adquiridos después del matrimonio, indistintamente a nombre de cuál de los cónyuges.
¿CUALES SON LOS BIENES PROPIOS?
Los adquiridos antes de contraer matrimonio y los recibidos por herencia, legado o donación, entre otros.